El supremo condece la nacionalidad española a un argelino por buen comportamiento pese a no contar con toda la documentacón.
El Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de julio de 2020 (972/2020, 6107/2019)
ha concedido la nacionalidad española a un militar argelino por su buena conducta cívica y su integración en la sociedad española, y aunque no haya aportado su certificado de nacimiento y de antecedentes penales, expedido en su país.
En el caso, se han reconocido las especiales dificultades para obtener el certificado de antecedentes penales en Argelia y el certificado de nacimiento debidamente legalizado.
El Supremo declara con carácter de doctrina casacional que la imposibilidad de aportación del certificado de nacimiento legalizado y del certificado de antecedentes penales del país de origen no puede implicar, necesariamente, el rechazo de la solicitud de concesión de nacionalidad por razón de residencia.
Fuente: noticias.jurídicas.com